Condenados por ataque a balazos en las 1200

El ataque ocurrió la madrugada del 1 de enero de 2024, pleno festejo de año nuevo. Desde una moto dispararon al menos 18 tiros.

Redacción

Master Río Negro

Publicado el:

Lun 24 Marzo 2025 16:04hs

Condenados por ataque a balazos en las 1200

Los dos pistoleros de las 1200 Viviendas fueron condenados a varios años de prisión por el ataque a tiros que dejó dos heridos

Un tribunal de Cipolletti condenó a dos jóvenes mayores de edad por un ataque a balazos ocurrido durante los primeros minutos del 2024 en las 1200 Viviendas, donde hirieron a dos hombres, uno de ellos de gravedad.

Ambos agresores admitieron su culpa en un juicio abreviado: Tobías Uriel Aguirre Molina irá tres años y seis meses tras las rejas, mientras que Sergio David Guajardo, acordó cuatro años y ocho meses de prisión efectiva. A este último, temido en el barrio por sus andanzas delictivas, le totalizaron cinco años y seis meses porque le sumaron una pena por otro hecho violento sucedido días después.

El ataque ocurrió el 1 de enero del año pasado, minutos después de la 1:30, cuando junto a otras dos personas que no habían sido identificadas se presentaron en dos motos en un domicilio de la calle José Hernández al 2.040 y dispararon en al menos 18 oportunidades con armas calibre 9 mm.

Dos hombres que se encontraban en el exterior del inmueble fueron alcanzados por las balas. Uno en la pierna izquierda, provocándole la fractura del fémur. En tanto que al otro el tiro le impactó en el muslo izquierdo, lesionándole la arteria y vena femoral, que puso en peligro su vida. Se salvó gracias a la rápida atención médica.

Inicialmente Aguirre Molina y Guajardo fueron imputados por tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, pero luego la calificación varió a delitos de menor gravedad.

El cambio obedeció al juicio abreviado que pactó la Fiscalía, representada por Martín Pezzetta y el Adjunto Juan Pablo Escalada, con el abogado defensor de los acusados, Michel Rischmann.

Molina quedó acusado por “lesiones graves (dos hechos en concurso real) calificadas por haber sido causadas por arma de fuego en concurso ideal con portación no autorizada de arma de guerra”, ya que admitió que fue uno de los que jaló el gatillo, pues se presume que utilizaron dos pistolas.

En tanto que a Guajardo lo imputaron como “partícipe primario del delito de Lesiones graves, agravadas por el uso de arma de fuego”, ya que condujo una de las dos motos desde las que tiraron.

Ambos hombres aceptaron el acuerdo, con lo que quedó establecido que admitían su culpa.

El tribunal integrado por Alejandra Berenguer, Julio Sueldo y Guillermo Baquero Lazcano avaló lo convenido por las partes y dictó la condena en los términos propuestos.

La secuencia de la balacera quedó registrada por cámaras de seguridad de una vivienda vecina, cuyas imágenes ratificaron lo relatado por las víctimas.

Ese material fue una de las pruebas más firmes que incriminaron a ambos jóvenes. Mostraban a Molina jalando el gatillo y a Guajardo conduciendo una de las motos. Un policía declaró que horas antes lo había visto con las mismas vestimentas y el rodado utilizado. A esos indicios se sumó el secuestro de 18 vainas servidas calibre 9 mm y tres plomos.

Una pericia realizada con aparatos especiales, denominada “Gran Comparador” confirmó luego que esas vainas habían sido disparadas por un arma que se utilizó en otro hecho delictivo sucedido el 2 de febrero de 2024, un mes después.

En ese hecho le dispararon a una mujer y tuvo características parecidas. Guajardo también admitió en un juicio abreviado que manejaba una moto desde la que tiraron, y fue condenado a un año y seis meses de prisión efectiva, monto que luego se sumó al del ataque de año nuevo.

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